El 27 de abril de 2021, escribí una carta al Gobierno de Perú sobre la confirmación en última instancia de la sentencia a 10 años de prisión del Sr. César Estrada Chuquilín y los nuevos actos de hostigamiento en contra de su esposa, la Sra. Elita Yopla Herrera. Por otra parte, la carta también incluía información sobre las sentencias a 12 años y 4 meses y 7 años y 4 meses, respectivamente, de los señores Jaime Trinidad de la Cruz Gallegos y Jesús Mariano Cornejo Reynoso.
En la carta expresamos nuestra gran preocupación ante la criminalización de defensores del medio ambiente y defensores de los derechos de los Pueblos Indígenas en Perú, donde se hace un uso indebido del derecho penal en contra de los defensores y defensoras de derechos humanos que lideran movimientos sociales que denuncian y se oponen a grandes proyectos mineros y su impacto negativo en el medio ambiente y en los derechos humanos de las personas y comunidades afectadas.
También señalamos nuestra preocupación que por el ejercicio de su derecho a defender derechos, su derecho a la libertad de expresión y de asamblea pacífica en conexión con su oposición a proyectos mineros por su participación en protestas sociales los defensores y defensoras de derechos humanos se exponen a penas privativas de libertad, que además conllevan penas de prisión de larga duración de más de 7, 10 y hasta 12 años.
Fue especialmente preocupante que, aun identificadas faltas al debido proceso, como la falta de incorporación de prueba de descargo o una representación legal ineficaz se opte por confirmar la sentencia condenatoria en contra del señor Estrada Chuquilín.
Caso del defensor César Estrada Chuquilín y la señora Elita Yopla Herrera
El Sr. César Estrada Chuquilín es periodista y defensor de derechos humanos. Pertenece a la Red de Comunicadores Indígenas del Perú (REDCIP). Ha denunciado violaciones de derechos humanos a través de su trabajo, en particular sobre el desalojo forzado, el hostigamiento de personas y el daño al medioambiente vinculado a una mina de oro y cobre a cielo abierto conocida como Conga, de la empresa minera Yanacocha, S.R.L. En 2016, recibió el Premio Martine Anstett de Derechos Humanos por su labor como defensor de derechos humanos en Perú.
La criminalización de defensores de derechos humanos en Perú se habría intensificado en los últimos años. A la fecha habría alrededor de 1200 líderes ronderos criminalizados, con un 51.3% de casos en la localidad de Cajamarca. Los líderes criminalizados estarían siendo procesados por delitos que contemplan penas de 10 a 30 años de prisión.
La mina de oro de Yanacocha está situada en el norte del Perú, a una altitud de entre 3500 y 4000 metros, cerca de la ciudad de Cajamarca (35 km). Es operada por Minera Yanacocha, S.R.L. (MYSRL), una compañía controlada por tres accionistas principales: Compañía de Minas Buenaventura -una empresa peruana- (43,65%), Corporación Financiera Internacional (CFI) -miembro del Grupo del Banco Mundial, que promueve proyectos de inversión en países en desarrollo- (5%); y Newmont Mining Corporation, que es el socio principal (51,35%). El señor César Estrada habría trabajado arduamente denunciado el desalojo forzado, hostigamiento de personas y daño al medioambiente vinculado a las actividades mineras desarrolladas por esta empresa.
El 25 de julio de 2017, el Juzgado Colegiado Supraprovincial de la Corte Superior de Cajamarca condenó al Sr. César Estrada Chuquilín a diez años de prisión y al pago de 8000 soles, por el delito de “extorsión” (artículo 200 Código Penal de Perú). Lo anterior, fundamentado en los hechos acaecidos en 2015 en la localidad de Cajamarca cuando, según se informa, un grupo de ronderos habrían retenido una camioneta durante la visita de una contratista de la empresa Yanacocha en la localidad del Valle Laguna Azul.
El 3 de agosto de 2017, el señor Estrada Chuquilín presentó un recurso de apelación contra la sentencia condenatoria solicitando nulidad por la afectación a su derecho a la defensa como consecuencia de una representación legal ineficaz. Lo anterior, debido a que no se habrían presentado pruebas de descargo para contrarrestar las declaraciones presentadas en audiencia.
Con la apelación, la defensa solicitó la incorporación de la prueba de descargo, incluidas las papeletas de salida del Área de Control de Asistencia de la Oficina de Personal de la Municipalidad Distrital de Huasmin. Estas habrían sido remitidas con el fin de confirmar que el señor César Estrada no estuvo en el lugar de los hechos imputados, relacionados con la alegada retención de una camioneta y extorsión de una contratista mientras visitaba la localidad del Valle Laguna Azul. Además, se remitió el oficio N. 09-RC-UVLA, donde se habría establecido que la intervención de la camioneta tenía un fin investigatorio y que fue posteriormente puesta a disposición del Ministerio Público.
El 15 de mayo de 2018, la Primera Sala de Apelaciones de Cajamarca confirmó en todos sus extremos la sentencia apelada y declaró como infundados los recursos de apelación interpuestos. A finales de marzo de 2021, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema del Perú declaró nulo e inadmisible el recurso de casación presentado por el señor César Estrada. Al fallar en casación se estaría confirmando la sentencia de julio de 2017 en última instancia.
La Sra. Elita Yopla Herrera también ha reportado nuevos actos de hostigamiento, a las anteriores amenazas de muerte e intentos fallidos de agresión contra su persona. Desde agosto de 2018, la señora Yopla Herrera ha denunciado las amenazas de muerte y agresiones en su contra y de su hija, al igual que el intento de asesinato en su contra. Sin embargo, no habría recibido medidas de protección adecuadas por lo que ha tenido que reubicarse temporalmente.
El 2 de enero de 2021, la Sra. Elita Yopla Herrera habría sido grabada por una persona no identificada. Lo anterior se repitió el 21 de enero de 2021, cuando un efectivo de la Policía Nacional habría grabado a la Sra. Yopla Herrera.
Caso de los defensores Jaime Trinidad de la Cruz Gallegos y Jesús Mariano Cornejo Reynoso
Los señores Jaime Trinidad de la Cruz Gallegos y Jesús Mariano Cornejo Reynoso son defensores de derechos humanos ambientales. Su detención se dio en el marco de las protestas en contra del proyecto minero “Tía María” de la empresa minera Southern Peru Copper Corporation, ubicada en el distrito de Cocachacra, en Arequipa, Perú. El señor Trinidad de la Cruz Gallegos es presidente de la Junta de Usuarios del Valle del Tambo y el señor Cornejo Reynoso es exalcalde del Distrito de Dean Valdivia.
El proyecto minero “Tía María” de la empresa minera Southern Peru Copper Corporation, ubicada en el distrito de Cocachacra en Arequipa, habría iniciado sus operaciones en el año 1994. El 28 de octubre de 2009 se habría realizado una consulta vecinal en donde el 97% de los ciudadanos de la zona se habrían mostrado en desacuerdo con el proyecto por las posibles afectaciones en las fuentes de agua para consumo e irrigación de los campos de agricultura en el Valle de Tambo. Pese a ello, la empresa habría continuado con el procedimiento de aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA). En agosto de 2014, la Dirección General de Asuntos Mineros aprobó el EIA. A raíz de lo anterior, se produjeron diversas protestas que provocaron heridos y la criminalización de personas que habrían sido investigadas y acusadas penalmente.
Con el inicio de las actividades mineras, el 23 de marzo de 2015 los ciudadanos del Valle de Tambo habrían iniciado un paro que se prolongó hasta el 24 de mayo del mismo año. Lo anterior con el fin de denunciar el impacto que este proyecto generaría en el medio ambiente y agua.
En el marco de las protestas, el Gobierno peruano habría dispuesto el traslado de 4000 efectivos a la zona. El enfrentamiento entre las fuerzas públicas y la población habría ocasionado la muerte de dos civiles, un policía y centenares de heridos.
Como consecuencia de las protestas, el Ministerio Público habría decidido la apertura de investigaciones en contra de los principales dirigentes sociales en la lucha contra el proyecto minero “Tía María”. La Fiscalía habría calificado a las organizaciones sociales que participaron en el paro como “organizaciones criminales”. La Fiscalía habría acusado a los señores Jaime Trinidad de la Cruz Gallegos y Jesús Mariano Cornejo Reynoso como los principales autores de la comisión de los delitos de “asociación ilícita para delinquir”, “extorsión al Estado”, “entorpecimiento al funcionamiento a los servicios públicos”, “disturbios” y “motín”.
El 7 de enero de 2021, el Primer Juzgado Colegiado Supra Provincial Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa emitió sentencia condenatoria en perjuicio de los señores Trinidad de la Cruz Gallegos, que fue condenado a 12 años y 4 meses de prisión y el señor Cornejo Reynoso que fue condenado a 7 años y 4 meses de prisión. Lo anterior habría sido fundamentado en la supuesta “coautoría no ejecutiva” en la comisión de los delitos de “entorpecimiento de los servicios públicos” (artículos 283 y 315 del Código Penal) y “motín” (artículo 348 del Código Penal). Además, el juzgado habría ordenado el embargo de los bienes del señor Cornejo Reynoso, como su vivienda familiar y los terrenos donde desarrollaba su actividad agrícola.